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Nueva retención a personas físicas en "plataformas tecnológicas".

  • Foto del escritor: Pieno Servicios Contables.
    Pieno Servicios Contables.
  • 9 jun 2020
  • 1 Min. de lectura

"si las plataformas tecnológicas nacionales o extranjeras, además de prestar servicios digitales prestan servicios de intermediación, tendrán la obligación de retener tanto el Impuesto sobre la Renta (ISR) como el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las personas físicas....."





 
 
 

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